Agustín del Castillo / Milenio
El macrolibramiento de Guadalajara ya
está legalmente impugnado. La iniciativa partió de un grupo de
ejidatarios de Santa Ana Tepetitlán, molestos porque la Secretaría de
Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) ha sido omisa frente a
los daños a su zona boscosa, un potrero llamado Las Lomas que era parte
del área de protección de flora y fauna La Primavera, pero que fue
separado del polígono protegido por las autoridades ejidales que
impugnaron el decreto de 1980 en un amparo exitoso.
El problema es que el juicio de
impugnación (PÚBLICO MILENIO, 7 de julio de 2008), aseguran los
disidentes, se hizo sin el aval de la mayor parte de los ejidatarios y
que la defensa del sector oficial fue tibia. “Lo que ahora está pasando
es que esas 641 hectáreas son urbanizadas de forma ilegal y nadie los
detiene”, señaló el líder de los quejosos, Tranquilino Flores Aguilar.
El juicio de garantías interpuesto por
los disidentes, el pasado 22 de febrero, aborda de forma central el tema
del “despojo de las 641 hectáreas de Las Lomas”, pero considera que la
Semarnat es culpable directa, tanto en la pérdida de ese potrero boscoso
como en las acciones de construcción del
macrolibramiento, que si bien no atraviesa terrenos del ejido, va a
ocasionar daños en el patrimonio biológico del que dependen los bosques
de éste.
Es el juicio 387/2012 del Juzgado Quinto
de Distrito en materia administrativa de Guadalajara. “A todas las
autoridades señaladas como responsables, incluyendo a la Semarnat, le
reclamamos el ilegal despojo e invasión que están realizando en las
641-00-00 hectáreas otorgadas al ejido como primera ampliación, por
medio de la resolución presidencial de fecha 4 de marzo de 1966, así
como el despojo a la personalidad del ejido y el derecho que tiene
nuestro ejido a desarrollarse integralmente, tal como los obligan los
numerales del 4 al 8 de la Ley Agraria, y contrariamente han dejado a
nuestro ejido en una situación de extrema pobreza…”
Así, en el apartado tercero de la
ampliación de la demanda, que se hizo un par de días después de
interpuesta, se abunda en el reclamo específico “al presidente de la
república, secretario de la Reforma Agraria y a su delegado estatal,
secretario de Comunicaciones y Transportes, secretario del Medio
Ambiente y Recursos Naturales, les reclamamos la ilegal destrucción de
nuestro patrimonio natural, al destruir el laboratorio natural que
representan las 641 hectáreas ya señaladas y que éstas forman parte del
bosque La Primavera, y que esta destrucción se concretiza al autorizar
entre todos el cambio de uso de suelo de la superficie de terreno
utilizada para el macrolibramiento de Guadalajara, así como el ilegal
decreto expropiatorio de dicha superficie, porque con todo ello se
destruye y se afecta el equilibrio ecológico y nuestra calidad de vida
que nos da y que existe en las 641 hectáreas ya señaladas”.
El juicio está ya en proceso de
integración; los abogados de los campesinos esperan hacer valer los
derechos que tienen directamente como copropietarios de un ejido de
régimen comunal, así como el efecto a distancia que significa el corte
de los corredores biológicos en perjuicio de sus ecosistemas.
Claves
La obra y sus efectos
• El macrolibramiento de Guadalajara,
cuya construcción está por comenzar, tiene permisos de impacto ambiental
y cambio de uso de suelo para la servidumbre de 110 kilómetros que
atravesará por la zona sur de la ciudad, pero no se prevé compensar los
problemas que ocasionará en las tierras boscosas vecinas, cuyo
intercambio biológico interrumpirá
• Los ejidatarios impugnadores de Santa
Ana señalan que tanto la obra, como las acciones en general de la
Semarnat, exhiben despreocupación para el estado de salud del bosque La
Primavera
• En la revisión 465/2007 del juicio de
amparo 413/2001, realizada en 2008, con el voto dividido de los tres
ministros integrantes, dos de ellos consideraron válido equiparar —por
sus efectos jurídicos— una expropiación (en la cual el Estado se queda
con la propiedad de los bienes) con una declaratoria de área natural
protegida (en la que sólo limita sus usos), y al no haber sido
notificados los quejosos del decreto de la reserva de 1980, ni mucho
menos oídos y vencidos, como lo establece el artículo 14 constitucional,
determinaron que el decreto del presidente José López Portillo es
violatorio de las garantías individuales
• Así, La Primavera perdió unas 600 ha
por el oriente, y tiene además la amenaza de una megaobra por su
linderos sur y poniente, situaciones que los ejidatarios están
impugnando
Guadalajara • Agustín del Castillo