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martes, 28 de febrero de 2012

Presentan primer amparo contra el macrolibramiento


Foto: Marco A. Vargas
Agustín del Castillo / Milenio
El macrolibramiento de Guadalajara ya está legalmente impugnado. La iniciativa partió de un grupo de ejidatarios de Santa Ana Tepetitlán, molestos porque la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) ha sido omisa frente a los daños a su zona boscosa, un potrero llamado Las Lomas que era parte del área de protección de flora y fauna La Primavera, pero que fue separado del polígono protegido por las autoridades ejidales que impugnaron el decreto de 1980 en un amparo exitoso.
El problema es que el juicio de impugnación (PÚBLICO MILENIO, 7 de julio de 2008), aseguran los disidentes, se hizo sin el aval de la mayor parte de los ejidatarios y que la defensa del sector oficial fue tibia. “Lo que ahora está pasando es que esas 641 hectáreas son urbanizadas de forma ilegal y nadie los detiene”, señaló el líder de los quejosos, Tranquilino Flores Aguilar.
El juicio de garantías interpuesto por los disidentes, el pasado 22 de febrero, aborda de forma central el tema del “despojo de las 641 hectáreas de Las Lomas”, pero considera que la Semarnat es culpable directa, tanto en la pérdida de ese potrero boscoso como en las acciones de construcción del macrolibramiento, que si bien no atraviesa terrenos del ejido, va a ocasionar daños en el patrimonio biológico del que dependen los bosques de éste.
Es el juicio 387/2012 del Juzgado Quinto de Distrito en materia administrativa de Guadalajara. “A todas las autoridades señaladas como responsables, incluyendo a la Semarnat, le reclamamos el ilegal despojo e invasión que están realizando en las 641-00-00 hectáreas otorgadas al ejido como primera ampliación, por medio de la resolución presidencial de fecha 4 de marzo de 1966, así como el despojo a la personalidad del ejido y el derecho que tiene nuestro ejido a desarrollarse integralmente, tal como los obligan los numerales del 4 al 8 de la Ley Agraria, y contrariamente han dejado a nuestro ejido en una situación de extrema pobreza…”
Así, en el apartado tercero de la ampliación de la demanda, que se hizo un par de días después de interpuesta, se abunda en el reclamo específico “al presidente de la república, secretario de la Reforma Agraria y a su delegado estatal, secretario de Comunicaciones y Transportes, secretario del Medio Ambiente y Recursos Naturales, les reclamamos la ilegal destrucción de nuestro patrimonio natural, al destruir el laboratorio natural que representan las 641 hectáreas ya señaladas y que éstas forman parte del bosque La Primavera, y que esta destrucción se concretiza al autorizar entre todos el cambio de uso de suelo de la superficie de terreno utilizada para el macrolibramiento de Guadalajara, así como el ilegal decreto expropiatorio de dicha superficie, porque con todo ello se destruye y se afecta el equilibrio ecológico y nuestra calidad de vida que nos da y que existe en las 641 hectáreas ya señaladas”.
El juicio está ya en proceso de integración; los abogados de los campesinos esperan hacer valer los derechos que tienen directamente como copropietarios de un ejido de régimen comunal, así como el efecto a distancia que significa el corte de los corredores biológicos en perjuicio de sus ecosistemas.
Claves
La obra y sus efectos
• El macrolibramiento de Guadalajara, cuya construcción está por comenzar, tiene permisos de impacto ambiental y cambio de uso de suelo para la servidumbre de 110 kilómetros que atravesará por la zona sur de la ciudad, pero no se prevé compensar los problemas que ocasionará en las tierras boscosas vecinas, cuyo intercambio biológico interrumpirá
• Los ejidatarios impugnadores de Santa Ana señalan que tanto la obra, como las acciones en general de la Semarnat, exhiben despreocupación para el estado de salud del bosque La Primavera
• En la revisión 465/2007 del juicio de amparo 413/2001, realizada en 2008, con el voto dividido de los tres ministros integrantes, dos de ellos consideraron válido equiparar —por sus efectos jurídicos— una expropiación (en la cual el Estado se queda con la propiedad de los bienes) con una declaratoria de área natural protegida (en la que sólo limita sus usos), y al no haber sido notificados los quejosos del decreto de la reserva de 1980, ni mucho menos oídos y vencidos, como lo establece el artículo 14 constitucional, determinaron que el decreto del presidente José López Portillo es violatorio de las garantías individuales
• Así, La Primavera perdió unas 600 ha por el oriente, y tiene además la amenaza de una megaobra por su linderos sur y poniente, situaciones que los ejidatarios están impugnando
Guadalajara • Agustín del Castillo