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jueves, 27 de septiembre de 2012

Niegan autorización para el monorrelleno en Los Tempizques



Foto: Milenio
EN EL ÁREA DEL TEMPISQUE SE PRETENDE DESARROLLAR EL MONORRELLENO.
 AGUSTÍN DEL CASTILLO/Milenio
Los ambientalistas aseguran que los biosólidos no podrán depositarse en la reserva ecológica del río Santiago, donde se pretende hacer la planta de tratamiento de aguas.
Por segunda ocasión consecutiva le ha sido negada a la Comisión Estatal del Agua (CEA) la autorización de cambio de uso de suelo forestal y de impacto ambiental, por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), para establecer al interior del área de protección hidrológica municipal Barranca del Río Santiago, el monorrelleno de la planta de tratamiento de aguas negras de Aguaprieta.
De este modo, se le pone un importante escollo al proyecto de saneamiento, que se pretende poner en marcha durante mayo de 2013, y que tratará casi 80 por ciento de las aguas residuales municipales de la zona conurbada de Guadalajara.
En una resolución, dictada por la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos de la Semarnat, el pasado 30 de agosto, se determinó dar el peso a las opiniones en contra vertidas por el Ayuntamiento de Zapopan, por el Consejo Estatal Forestal y de Suelos, por la Comisión Nacional para Conocimiento y Uso de la Biodiversidad y por la Dirección General de Vida Silvestre de la propia Semarnat, quienes argumentaron que este cambio se pretende realizar dentro del polígono de protección, y puede alterar de forma significativa el estado de la flora y fauna silvestres, pues se trata de un corredor biológico importante para la región, pero además, ante la falta de información por parte de la CEA de diversas dudas sobre el manejo de esos problemas.
El monorrelleno es un depósito de desechos sólidos que se derivan del tratamiento de las aguas negras; mientras la autoridad afirma que son inertes e incluso pueden ser excelentes mejoradores de suelo, a los ambientalistas les parece que no es claro si contienen o no elementos contaminantes de los procesos industriales de la ciudad, por lo que se deben revisar con cautela esas posibilidades.
Pero la Semarnat no entró en el tema; determinó “negar la autorización en materia de cambio de uso de suelo forestal y de impacto ambiental para una superficie de siete hectáreas y media […] debido a que no dio cumplimiento a los preceptos normativos de excepción establecidos en el artículo 117 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, además de que contraviene el artículo 35 párrafo cuarto, fracción III inciso a de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, al no dar cumplimiento al decreto y plan de manejo del área natural protegida Barranca del Río Santiago, publicados en el periódico oficial El Estado de Jalisco, el 7 de octubre de 2004, así como el Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial del municipio de Zapopan, publicado en la gaceta municipal el día 23 de mayo de 2011”.
La Dirección General de Política Ambiental e Integración Regional y Sectorial de la Semarnat, hizo un análisis de las incompatibilidades en el tema del uso del suelo: Según el Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial de Jalisco, la zona corresponde a la unidad de gestión ambiental Ff3111, “en esta unidad se tienen como uso predominante la flora y fauna, pero no incluye los usos forestal e infraestructura como parte de su estrategia ambiental”, si bien, no prohíbe el cambio de uso de suelo.
La situación se cierra más en el ordenamiento municipal (POEL), donde en esa zona (UGA VII_06_BTCS_P) se establecen “como uno de los usos incompatibles el de servicios”, y como ese es el destino que busca la CEA, está considerado como incompatible, ya que las acciones para esa unidad “se encaminan hacia actividades de reforestación y restauración de suelos, más que a una remoción de cobertura vegetal” (sic), dice el resolutivo en su página doce. Esto lleva a que la solicitud de la CEA sea considerada “no congruente”.
Zapopan señala por medio de su Dirección General de Ecología y Fomento Agropecuario que tampoco hay margen en términos de la zona protegida, pues “la zona del Tempisque, predio propuesto para desarrollar el monorrelleno, está dentro de la zonificación de protección [correspondiente a la] sub zona La Estancia – El Tempisque y El Lazo – Los Otates, áreas que presentan las mayores amenazas para su protección debido a la fuerte demanda de terrenos para el desarrollo. Estas áreas presentan sitios bien conservados de bosque tropical caducifolio, así como un amplio mosaico de otros usos como agricultura, pastizales y vegetación secundaria”.
¿Qué es lo que sigue? Raquel Gutiérrez Nájera, presidente del Instituto de Derecho Ambiental (Idea), y una de las promotoras esenciales de la oposición al monorrelleno, destaca que la dictaminación es tan contundente que a la CEA sólo le queda impugnar mediante un juicio administrativo.
“Qué es lo que pasa, que es la segunda vez que se los niegan […] para que el monorrelleno se pudiera poner en Los Tempisques (sic), en la barranca, primero se necesita iniciar los procedimientos administrativos para modificar la declaratoria de protección de la zona, y los ordenamientos ecológicos estatal y local, o sea, no es nada fácil”.
A su juicio, la CEA tiene la opción de adquirir terrenos fuera de Zapopan y darles ese uso, o bien, contratar una empresa que mueva los residuos, “pero esto difícilmente lo podrán hacer aquí”, destacó.
Datos
Proyecto cuestionado
- Según la CEA, los biosólidos de la planta de tratamiento de Aguaprieta son “un proyecto ambientalmente muy positivo”, porque el biosólido es básicamente un mejorador de suelos, pero es necesario advertir que la zonificación del área protegida en ese sitio es con uso de aprovechamiento, y si bien, se desmontarán 7.5 hectáreas, al final del proceso se tendrá arbolado en 20 hectáreas.
- Son alrededor de 170 toneladas diarias de ese material que se depositarán como fruto de la operación de una de las plantas de saneamientos mayores de América Latina. La experimentación con este mejorador de suelos abre la posibilidad de que se venda en el mercado regional —donde abundan superficies agrícolas agotadas por el uso de agroquímicos—, lo que derivará en que buena parte de la sustancia sólo vaya de paso por el área.
- El gobierno del estado compró 80 hectáreas que conforman seis polígonos, ya está completamente pagada a la Comunidad Indígena de Mezquitán, “ya se movieron de forma voluntaria, con las indemnizaciones correspondientes, los habitantes del pueblito que allí se encontraba, Tempisques, y el predio está listo para ser usado, en apenas 20 hectáreas, para el proyecto del monorrelleno”, según información de la gerencia jurídica de la CEA.
- La CEA asegura que no hay violaciones al área protegida: “La totalidad de la zona está dentro de lo que se conoce como área de aprovechamiento, no de conservación o restauración, donde sí te permiten hacer proyectos de infraestructura; previamente se adquirió la autorización de la Semades [Secretaría de Medio Ambiente estatal] para impacto ambiental, y para las 7.5 hectáreas forestales se está tramitando un cambio de uso de suelo forestal, ante la Semarnat [Secretaría de Medio Ambiente federal]”, añade la dependencia.
- Así, justifica, “para la construcción y operación del monorrelleno se tiene la aprobación de impacto ambiental por parte del estado, que es el competente, y con la federación lo que les compete es el cambio de uso de suelo de las zonas forestales, después del estudio que se realizó”.
- Según el organismo, se ha demostrado que el biosólido no es contaminante. 20 ha serán utilizadas para la instalación del monorrelleno de la planta en Tempisques; 18 años de operación, es el periodo útil del proyecto de saneamiento de aguas.
La CEA ya se inconformó
La Comisión Estatal del Agua (CEA) del gobierno de Jalisco, ha interpuesto un recurso de revisión para que se consideren elementos que según el organismo, no fueron tomados en cuenta para elaborar el resolutivo firmado el pasado 30 de agosto.
“Conforme con el artículo 117 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, y el 35 de laLey General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, se entregaron respuestas a las dudas de la autoridad de forma que consideramos adecuada, y con base en eso, el pasado 20 de septiembre se interpuso el recurso de revisión, donde se argumenta que las dudas de la autoridad están debidamente solventadas”, afirmó ayer la vocera de la CEA, Jéssica González Alcalá.
Precisó que la superficie completa del monorrelleno es de 19.2 hectáreas, pero sólo se solicitó cambio de uso de suelo en 7.5 ha, porque 11.2 ha más tienen ya el uso agrícola y serían compatibles con el uso del monorrelleno.
El monorrelleno de la planta de tratamiento de Aguaprieta, en la barranca del río Santiago, se encuentra dentro del área de protección hidrológica municipal que está vigente en la ladera poniente de la cuenca, “pero la zonificación lo permite y además, no contendrá materiales tóxicos o nocivos”, dijo el pasado mes de marzo a MILENIO JALISCO el director de la unidad ejecutora de abastecimiento y saneamiento de la CEA, Ricardo Robles Varela.